La batalla de independencia de Colombia y sus aportes al DIH

Humanizar el conflicto, excluir a los civiles y el trato digno a prisioneros de guerra, son algunas de las enseñanzas.

06 agosto 2020
La batalla de independencia de Colombia y sus aportes al DIH
Batalla de Boyacá, oleo de Martin Tovar y Tovar

El 7 de agosto de 1819 marcó un antes y un después en la historia de Colombia, pues ocurrió la batalla que aseguró la independencia de este país frente a la Corona española.

Este enfrentamiento es también conocido por su corta duración, que fue de unas dos horas. Esto, se debió en parte al agotamiento de los combatientes (Ejército realista y el del libertador, Simón Bolívar) al llegar a las afueras de Tunja, una ciudad ubicada en la zona centro de Colombia donde se libró la batalla, así como las enfermedades y heridas que tenían estos hombres.

Las guerras de independencia, como por ejemplo las ocurridas en América, según el derecho internacional humanitario (DIH) son hoy catalogadas como conflictos armados internacionales.

Esta conclusión se dio después de la Conferencia Diplomática sobre la Reafirmación y el Desarrollo del Derecho Internacional Humanitario entre 1974 y 1977, en la cual se crearon los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra.

El primer compendio de estas normas indica en su artículo 1.4 que los conflictos armados en que los pueblos luchan contra "la dominación colonial y la ocupación extranjera y contra los regímenes racistas" se deben considerar conflictos internacionales.

En 2020 se conmemoran 201 años de independencia de Colombia, sin embargo, los conflictos armados, ahora de índole no internacional, siguieron ocurriendo durante estos dos siglos en los que la aplicación del derecho internacional humanitario se ha ido transformando, así como la normatividad, la cual, ahora es más clara frente a los derechos y deberes de los combatientes, así como también la forma en que los medios y métodos utilizados se limitan para hacer de la guerra un acto más humanizado.

A continuación, dejamos algunas enseñanzas que dejó la batalla de Boyacá para la aplicación del DIH en el país:

1. Humanizar la guerra

Las batallas independentistas llevaron a la creación de un tratado que puede ser visto como pionero del derecho internacional humanitario en el continente americano: el tratado de Trujillo de 1820 que tuvo como fin acabar con la "guerra de exterminio".

Este tratado nació antes del Primer Convenio de Ginebra de la historia suscrito en 1864 para "Aliviar la Suerte de la Condición de los Heridos de los Ejércitos en Campaña".

El Tratado de Trujillo fue un acuerdo firmado entre Simón Bolívar y Pablo Morillo, en el cual se dictaminó que durante seis meses cesarían los combates entre el ejército español y el de la naciente república por mar y por tierra, delimitando las fracciones en América y en Europa.

"Para dar al mando un testimonio de los principios liberales y filantrópicos que animan a ambos gobiernos, no menos que para hacer desaparecer los horrores y el furor que han caracterizado la funesta guerra en que están envueltos, se compromete uno y otro gobierno a celebrar inmediatamente un tratado que regularice la guerra conforme al derecho de gentes, y a las prácticas más liberales, sabias y humanas, de las naciones civilizadas", articulo 14 del tratado de Trujillo.

La propuesta de Simón Bolívar fue 'regularizar la guerra', lo que significó que se debía poner límites a la misma. Por ejemplo, habló del principio de humanidad, del paso de bienes esenciales para los civiles, del trato hacia los prisioneros de guerra, de la protección de los heridos y enfermos, y de excluir de las hostilidades a la población civil, elementos que hoy son el corazón de los Convenios de Ginebra de 1949 y de todo el cuerpo de DIH.

2. Sobre los capturados

Según el Boletín del Ejército libertador de la Nueva Granada (1819), la batalla de Boyacá dejó alrededor de 1.600 prisioneros.

Boletín de la batalla de Boyacá

Boletín del Ejército libertador de la Nueva Granada (1819).

Si bien el tratado de Trujillo intentó mejorar el trato hacia los prisioneros de guerra, el 10 de octubre de 1819, cuando Simón Bolívar se había ido a Venezuela a continuar con su campaña libertadora, Francisco de Paula Santander (entonces vicepresidente) dio la orden de acabar con la vida de al menos 48 oficiales realistas que habían sido capturados en dicha batalla, sin consejo de guerra alguno: murieron sin haber tenido un juicio justo y posteriormente lanzados a una fosa común.

Hoy en día, las ejecuciones sumarias y la pena de muerte, están prohibidas, tanto por el derecho interno colombiano, como por el derecho internacional humanitario (art. 75, Protocolo I y art. 6, Protocolo II).

En los Convenios de Ginebra quedó también establecido que las personas que están fuera de combate tienen derecho a que se respete su vida, así como su integridad moral y física, por lo cual está prohibido matarlos o herirlos si están bajo el poder de la parte enemiga.

Esto incluye, que su dignidad debe ser respetada, y que no pueden ser objeto de violencia o represalias y que, además, deberán poder intercambiar noticias con sus familiares y recibir socorros.

3. Fusilamientos y penas de muerte

Entre 1815 y 1819, personas como Policarpa Salavarrieta y Antonia Santos (ambas consideradas mujeres trascendentales de la independencia por su rol activo) habían sido fusiladas por levantarse en contra de la ocupación española en territorio americano.

En Colombia, la pena de muerte fue abolida más de medio siglo después de la Batalla de Boyacá con la Constitución de 1886 (art. 30), pero realmente se prohibió de forma definitiva hasta 1910. La última persona en morir fusilada fue el chocoano Manuel Saturio Valencia Mena, quien fuese el primer hombre afrocolombiano en estudiar en la Escuela de Leyes de la Universidad del Cauca.

En cuanto al conflicto armado, el derecho internacional humanitario en el Protocolo II Adicional a los Convenios de Ginebra indica que "no se dictará pena de muerte contra las personas que tuvieren menos de 18 años en el momento de la infracción ni se ejecutará en las mujeres encinta ni en las madres de niños de corta edad".

A pesar de que el DIH ha avanzado, y que en países en conflicto armado como Colombia se ha intentado aplicar, aún falta un largo camino para que lo que está escrito en las leyes de la guerra se cumpla y que todos los combatientes interioricen que hasta la guerra tiene límites.

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